Convocatoria y bases específicas para la provisión en propiedad de una plaza de agente de la policía local, por el turno libre. [2017/5250]

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorAyuntamiento de Els Poblets

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 8 de junio de 2017, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir la siguiente plaza incluida en la oferta de empleo público 2017:

Grupo Subgrupo Clasificación Número de vacantes Denominación

CC C1

Escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase policía local

1 Agente policía local

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

Bases específicas para la provisión en propiedad de una plaza de agente de la policía local por el turno libre

La convocatoria que regula estas bases está sujeta también a lo que determinen las bases generales aprobadas por la Conselleria de Administración Pública, publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 5155, de 15 de diciembre de 2005, y ratificadas por la Junta de Gobierno Local de este ayuntamiento, así como en la legislación vigente en esta materia.

En todo lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el Real decreto legislativo 5/2015, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de la función pública valenciana; la Ley 6/1999, de 19 de abril, de policías locales y de coordinación de las policías locales de la Comunitat Valenciana; el Decreto 88/2001, de 24 de abril, del Gobierno Valenciano; la Orden de 1 de junio de 2001, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas; la Orden de 23 de noviembre de 2005, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, por la que se establecen los criterios mínimos para la selección de policías locales de la Comunitat Valenciana en las pruebas físicas, psicotécnicas y reconocimiento médico; el Decreto 3/2017, de 13 de enero, que aprueba el Reglamento de selección, provisión de lugar de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, y el resto de las disposiciones de aplicación.

Primera. Objeto de la convocatoria

Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad, mediante el sistema de acceso de turno libre y a través del procedimiento de selección de oposición, de una plaza vacante perteneciente a la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, categoría de agente de policía del cuerpo de la policía local del municipio de Els Poblets.

De acuerdo con el artículo 4 del Decreto 88/2001, de 24 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se establecen las bases y criterios generales uniformes para la selección, promoción y movilidad de todas las escalas y categorías de las policías locales y auxiliares de policías locales de la Comunitat Valenciana, dicha plaza está adscrita a la escala básica y se encuadra en el grupo C, subgrupo C1, según el artículo 76 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

La plaza está incluida en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio del año 2017, aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 11 de abril de 2017, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 76, de fecha 21 de abril de 2017, en la sede electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Segunda. Condiciones de admisión de los aspirantes

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias:

- Tener la nacionalidad española.

- Haber cumplido dieciocho años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.

- Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Técnico, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias; la homologación y/o equivalencia de cualquier título deberá aportarla la persona interesada, debidamente acreditada por la autoridad académica competente.

- No sufrir enfermedad o algún defecto físico que impida el ejercicio de las funciones de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas contenido en la Orden de 23 de noviembre de 2005, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas por la que se establecen los criterios mínimos para la selección de los policías locales de la Comunitat Valenciana en las pruebas físicas, psicotécnicas y reconocimiento médico, y tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.

- No haber sido separado del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, en virtud de expediente disciplinario, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

- No tener antecedentes penales por delitos dolosos o tenerlos cancelados.

- Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 kW o una relación potencia/peso no superior a 0,16 kW/kg.

Todos los requisitos establecidos se deberán reunir por los aspirantes el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria.

Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias

3.1. Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en que los aspirantes declaran bajo su responsabilidad que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza a que se opte, se dirigirán al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Els Poblets, conforme al modelo oficial de solicitud (anexo I) y se presentarán en el Registro de Entrada de este ayuntamiento (presencial o electrónico en la sede electrónica www.elspoblets.sedelectronica. es) o bien en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.

El plazo de presentación de instancias será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con el artículo 14 del Decreto 3/2017, de 13 de enero.

3.2. Las bases íntegras se publicarán en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. Se publicarán igualmente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.3. La solicitud habrá de ir acompañada por:

- Certificado médico oficial, expedido en fecha de presentación de instancias, en el que se haga constar expresamente su capacidad para concurrir a las pruebas físicas exigidas en estas bases, así como que no están impedidos o incapacitados para el acceso a la función pública, de acuerdo con la Orden de 23 de noviembre de 2005, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas.

Este certificado será original o copia compulsada y el período de vigencia al efecto de realizar las pruebas físicas será de tres meses a contar des del día siguiente de la fecha de la expedición hasta la realización de las pruebas. Si las pruebas físicas se realizaran una vez transcurridos tres meses desde la fecha de emisión del certificado médico, el aspirante habrá de volver a presentarlo antes de celebrarse las pruebas físicas.

- En el caso de que los aspirantes hayan superado las pruebas psicotécnicas, de acuerdo con la base séptima, habrán de presentar junto a la solicitud, el certificado acreditativo de haberlas superado. En un momento posterior no se admitirán certificados de superación de las pruebas psicotécnicas y en consecuencia no estarán exentos y habrán de hacerlas (art. 3.2 de la Orden de 1 de junio de 2001, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas).

Cuarta. Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará una resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la

lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica, constará el nombre y apellidos de los aspirantes admitidos y excluidos, y en su caso, el motivo de la exclusión; concediéndose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de aquellas deficiencias que...

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