RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2009, de la Dirección General para el Cambio Climático, por la que se otorga a la empresa Cerámicas Gaya, SA, la autorización ambiental integrada para una industria de fabricación de productos cerámicos mediante horneado en el término municipal de Onda.

DOCV. Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 6.209, 18 de Febrero de 2010III - Convenios y Actos › Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda

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RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2009, de la Dirección General para el Cambio Climático, por la que se otorga a la empresa Cerámicas Gaya, SA, la autorización ambiental integrada para una industria de fabricación de productos cerámicos mediante horneado en el término municipal de Onda.

RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2009, de la Dirección General para el Cambio Climático, por la que se otorga a la empresa Cerámicas Gaya, SA, la autorización ambiental integrada para una industria de fabricación de productos cerámicos mediante horneado en el término municipal de Onda. [2010/1492] Vistos los documentos obrantes en el expediente 094/07 IPPC, instruido a instancia de la empresa Cerámicas Gaya, SA, con el fin de obtener la autorización ambiental integrada para una industria de fabricación de productos cerámicos mediante horneado, se emite la presente resolución de conformidad con los siguientes, Antecedentes de hecho Primero. Con fecha 10 de enero de 2007, tiene entrada en el Registro General de la Conselleria de Territorio y Vivienda, solicitud de autorización ambiental integrada para una industria de fabricación de productos cerámicos mediante horneado, que se detalla en el anexo I, firmada por Francisco Gaya Villanueva, en nombre de la mercantil Cerámicas Gaya, SA, con CIF A12010948 y domicilio en la carretera Vila-real ­ Puebla de Arenoso, km. 8,35 de Onda (Castellón).

A la solicitud se acompaña el informe urbanístico emitido por el Ayuntamiento de Onda con fecha 2 de noviembre de 2004.

Segundo. Una vez admitida a trámite la solicitud, la conselleria remite la documentación a todas aquellas administraciones públicas y órganos de la Generalitat que deben intervenir en la resolución de la autorización ambiental integrada, con el fin de que informen sobre la suficiencia de la documentación que acompaña a la solicitud.

Tercero. Con fecha 21 de mayo de 2007 se somete a información pública el expediente de referencia, durante un periodo de 30 días hábiles, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integr...

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