DECRETO 44/2012, de 9 de marzo, del Consell, por el que declara Bien de Interés Cultural Inmaterial la Fiesta de las Fallas de Valencia.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Turismo, Cultura y Deporte
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El artículo 49.1.5.a del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana establece la competencia exclusiva de la Generalitat en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico y científico. Asimismo, el artículo 26.2 de Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, dispone que la declaración de un Bien de Interés Cultural se hará mediante decreto del Consell, a propuesta de la conselleria competente en materia de cultura. Todo ello sin perjuicio de las competencias que el artículo 6 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, reserva a la Administración General del Estado.

Asimismo, la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, en su artículo 45 dispone que serán declarados Bienes de Interés Cultural las actividades, conocimientos, usos y técnicas que constituyan las manifestaciones más representativas y valiosas de la cultura y los modos de vida tradicionales de los valencianos. Igualmente, podrán ser declarados bienes de interés cultural los bienes inmateriales que sean expresiones de las tradiciones del pueblo valenciano en sus manifestaciones musicales, artísticas, gastronómicas o de ocio, y en especial aquellas que han sido objeto de transmisión oral, y las que mantienen y potencian el uso del valenciano.

La Fiesta de las Fallas de Valencia reúne un inequívoco valor patrimonial, al estar vertebrada por todos los mecanismos de conexión entre fiesta y patrimonio, encuadrándose claramente dentro de la figura de patrimonio inmaterial, contemplado en todos los marcos jurídicos patrimoniales de orden mundial, europeo, español, autonómico y local. Son la expresión viva y popular de un pueblo, fiestas de origen vecinal, surgidas y perfeccionadas a través del tiempo por el pueblo valenciano, como manifestación artística, cultural y satírica expresada en sus Fallas con la singular «plantà», expuestas en las calles y plazas.

Mediante Resolución de 28 de diciembre de 2011, de la Conselleria de Turismo, Cultura y Deporte, se acordó incoar expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural Inmaterial a favor de la Fiesta de las Fallas de Valencia.

En la tramitación del expediente se ha concedido trámite de audiencia al Ayuntamiento de Valencia.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, constan en el expediente los informes favorables de la Universitat de València, de la Universidad Católica de Valencia, del Consell Valencià de Cultura y de la Real Academia de Bellas Artes de San Carlos.

Por todo ello, cumplidos los trámites previstos en el artículo 43 de la Ley del Consell y en los artículos 26 y siguientes de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, a propuesta de la consellera de Turismo, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consell, en su reunión del día 9 de marzo de 2012,

DECRETO

Artículo 1 Objeto

Se declara Bien de Interés Cultural Inmaterial la Fiesta de las Fallas de Valencia.

Artículo 2 Descripción del bien y valores

La descripción del bien y sus valores se hace constar en el anexo del presente decreto.

Artículo 3 Medidas de protección

La gestión de la Fiesta de las Fallas de Valencia es competencia del Ayuntamiento de Valencia, ejerciéndola la Junta Central Fallera, encargada de organizar la totalidad de actos centrales. Ésta, en conjunción con los demás actores, serán quienes decidan sobre aspectos materiales e inmateriales, así como el desarrollo de los actos de la festividad anual.

Si se produjese cualquier cambio en la Fiesta de las Fallas de Valencia que modifique lo dispuesto en el anexo y que exceda del normal desarrollo de los actos de la festividad anual, los interesados lo deberán proponer a la Dirección General con competencias en materia de patriomonio cultural, para, en su caso, proceder a la autorización administrativa y consiguiente modificación del presente decreto, justificándolo en la mejora tutelar de los valores protegidos.

Las Administraciones Públicas velarán por el mantenimiento y la dignidad de la Fiesta, y fomentarán la difusión de este Bien, garantizarán su estudio y documentación con criterios científicos, e incorporarán los testimonios disponibles a soportes materiales que garanticen su pervivencia.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Publicación e inscripción

El presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial del Estado y la declaración se inscribirá en la Sección Primera del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano, comunicándose, asimismo, al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 9 de marzo de 2012

El president de la Generalitat, ALBERTO FABRA PART

La consellera de Turismo, Cultura y Deporte, LOLA JOHNSON SASTRE

ANEXO

  1. Exposición de motivos.

    La Fiesta de las Fallas de la ciudad de Valencia reúne un inequívoco valor patrimonial, al estar vertebrada por todos los mecanismos de conexión entre fiesta y patrimonio, encuadrándose claramente dentro de la figura de patrimonio inmaterial, contemplado en todos los marcos jurídicos patrimoniales de orden mundial, europeo, español, autonómico y local.

    Las Fallas valencianas, expresión viva y popular de un pueblo, son fiestas de origen vecinal, surgidas y perfeccionadas a través del tiempo por el pueblo valenciano, como manifestación artística, cultural, satírica y como expresión festiva singular. Dimanan de la voluntad de un grupo de personas, teniendo como nexo común la celebración tradicional de los festejos que le son propios, desarrollados durante el denominado «ejercicio fallero». Las Fallas, año tras año, se levantan en las calles valencianas, como ejemplos de riqueza patrimonial, de técnicas artesanales, de formas de organización, con un cúmulo de festejos, actos y aspectos asociados a la indumentaria, gastronomía y pirotecnia.

    Los actos están estructurados sobre un planteamiento conceptual que responde a un ritual definido, a partir de elementos singulares y de tradición local, que tienen un alto nivel de calidad estética, disponiendo de una estructura organizativa que garantiza su continuidad y evolución, sin perder su sentido simbólico y consuetudinario. Sus manifestaciones escritas o habladas son indistintamente en las lenguas valenciana y castellana, utilizando en el desarrollo de sus actividades, de forma preferente, el idioma valenciano, propiciando e impulsando su propagación y la normalización de su uso.

    Las Fallas son sentidas como un patrimonio común y propio del conjunto de la población, bien desde el respecto y fidelidad a la secular tradición, bien por el sentimiento valorativo de aquello que las conceptúa como un tesoro cultural.

    Fiesta valenciana del fuego, de la pólvora y de la música, fuertemente enraizada en la historia de Valencia, con características culturales originales, y un específico entorno social y artístico, convierten a la

    Fiesta de las Fallas de Valencia en un elemento singular y digno de la mayor protección que la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano otorga a aquellos elementos del llamado Patrimonio Inmaterial o Intangible.

  2. Datos sobre el bien objeto de la declaración.

    1. Denominación: la Fiesta de las Fallas de Valencia.

    2. Localidad: Valencia.

    3. Fecha de realización: Semana Fallera, del 14 al 19 de marzo.

    4. Actores: las Comisiones Falleras, organizadas por Sectores, Agrupaciones y Federaciones, se reúnen en los casales u otros lugares durante todo el año para debatir sobre diversos aspectos de la festividad y realizar celebraciones de naturaleza cultural (teatro, poesía y danza, entre otros) y lúdica (actividades deportivas, etc.).

    5. Descripción del Bien.

    1. Historia de las Fallas.

      Las Fallas, nacidas como un festejo más o menos marginal, han pasado a convertirse en la fiesta mayor de los valencianos. Las prácticas que acabarían por convertirse en nuestra Fiesta se inscriben en una serie de manifestaciones culturales muy extendidas por gran parte de Europa durante la Edad Media y Moderna, la costumbre de quemar muñecos o realizar hogueras y prácticas festivas de control simbólico y moral de la comunidad. Así, podemos afirmar también que las Fallas se enraízan en el marco amplio de la vieja cultura del carnaval, así como en las tradicionales fiestas de calle. En todo caso, hasta mediados del siglo XVIII no contamos con documentación que nos permita esbozar el perfil y las...

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