Bases específicas que deben regir las convocatorias de los procesos de selección de las plazas de oficial de obra incluidas en la oferta de empleo público.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorAyuntamiento de Tavernes de la Valldigna

Mediante el presente anuncio, se pone en conocimiento de todos los interesados que por Resolución 2768/2016, de 4 de noviembre, de la Concejalía Delegación de Personal, se ha resuelto lo siguiente:

Primero. Aprobar las siguientes bases:

  1. Objeto

    Las presentes bases tienen por objeto desarrollar las previsiones hechas en las bases generales que tienen que regir las convocatorias de las pruebas selectivas para la selección de las plazas incluidas en las distintas ofertas de ocupación pública del Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna, aprobadas mediante Decreto de fecha 10 de mayo de 2005. Estas bases fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP) de fecha 15 de junio de 2005, así como en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) de fecha 22 de junio de 2005 (Exp. 4-053/2005). Desde su aprobación, estas bases han sido modificadas para ajustarlas a las normas legales posteriores y a la casuística y práctica administrativa adecuada en las siguientes ocasiones:

    Fecha del decreto

    de modificación Publicación en el BOP Publicación en el DOGV 25 de junio de 2007 11 julio 2007 8 agosto 2007

    10 de mayo de 2010 27 mayo 2010 26 mayo 2010

    31 de octubre de 2011 15 noviembre 2011 8 noviembre 2011

    27 de enero de 2012 27 febrero 2012 24 febrero 2012

    Principalmente, estas bases específicas, tienen por objeto regir el proceso de selección de las plazas de oficial de obra incluidas en la oferta de ocupación pública del Ayuntamiento, las cuales se detallan a continuación:

    Denominación: oficial de obra.

    Naturaleza: laboral fijo.

    Grupo: equiparado al grupo D (art. 25 Ley 30/1984) o grupo C2 (art. 76 TRLEBEP).

    Escala: administración especial.

    Subescala: servicios especiales.

    Clase: personal de oficios.

    Número de vacantes: una (OPE 2016, BOP 27.07.2016). Turno: promoción interna.

    Procedimiento de selección: concurso-oposición.

    En el supuesto de no proceder a cubrir la plaza vacante mediante el turno de promoción interna, quedará anulada automáticamente la presente convocatoria y se procederá inmediatamente a cubrirla mediante el turno libre y, si es el caso, mediante el procedimiento extraordinario de consolidación de ocupación temporal, por lo que, dado este caso, el Ayuntamiento procederá a aprobar las correspondientes bases que regulan el proceso selectivo y tendrá en cuenta los criterios generales aprobados mediante la negociación previa que se ha llevado a cabo con los representantes sindicales. De igual forma procederá el Ayuntamiento en caso de que se produzcan nuevas vacantes hasta la finalización del proceso selectivo, por incremento de plazas de las mismas características.

  2. Legislación aplicable

    En todo aquello no previsto en las bases, se aplica lo que se establece en las bases generales que tienen que regir las convocatorias de las pruebas selectivas para la selección de las plazas incluidas en las distintas ofertas de ocupación pública del Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna, así como lo que establecen las disposiciones mencionadas en las referidas bases generales y otras normas que sean de aplicación.

  3. Requisitos de los aspirantes

    Los aspirantes tienen que tener los siguientes requisitos:

    - Haber prestado servicios efectivos, como contratado laboral fijo de plantilla, durante al menos dos años en calidad de operario de oficios múltiples como empleado del Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna.

    - Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado, o equivalente o haber cumplido las condiciones para obtenerlos en la fecha en que acabe el plazo de presentación de instancias. En todo caso, la equivalencia tendrá que ser aportada por el aspirante mediante un certificado expedido a este efecto por la administración competente en cada caso.

    - Estar en posesión de los permisos que habilitan para la conducción de vehículos de la clase B.

    - Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo que se establece en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TRLEBEP).

    En el plazo de presentación de documentos, el aspirante extranjero tendrá que aportar específicamente:

    - Los títulos homologados.

    - Fotocopia compulsada del pasaporte en vigor.

    - Fotocopia compulsada, si es el caso, del permiso de trabajo en vigor.

    - No sufrir enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el ejercicio de las funciones propias de las plazas convocadas, o que las imposibilite.

    - No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, ni estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

  4. Pago de los derechos de examen

    Quien quiera participar en las correspondientes pruebas de acceso, tendrá que solicitarlo mediante la instancia correspondiente, a la que adjuntará el justificante acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos de examen, todo esto de conformidad con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa para la realización de pruebas selectivas de acceso a la función pública.

  5. Pruebas selectivas

    El proceso selectivo constará de dos fases: oposición y concurso.

    1. Oposición.

    La fase de oposición será previa a la valoración de la fase de concurso.

    Los ejercicios de la fase de oposición son los siguientes:

    Primer ejercicio (teórico-práctico). De carácter obligatorio y eliminatorio.

    Este ejercicio consistirá en la superación de dos pruebas, una de carácter teórico y la otra de carácter práctico.

    La puntuación máxima a obtener en este ejercicio será de 35 puntos, y es necesario para superarlo una puntuación igual o superior a 17,5 puntos así como haber obtenido la...

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