Bases y convocatoria de una plaza de oficial de la policía local, escala básica, grupo C1.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorAyuntamiento de Alcàsser

Por Resolución de la Alcaldía de fecha 21 de noviembre de 2016, se ha aprobado la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de oficial de la policía local, por promoción interna, con arreglo a las siguientes:

Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de oficial de la Policía Local de Alcàsser

  1. Objeto de la convocatoria

    Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de una plaza de oficial/a de la policía local, incluida en la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase de policía local y sus auxiliares, escala básica, grupo C1 de titulación del artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, siendo provista por promoción interna de acuerdo con lo previsto en la Ley de la Generalitat Valenciana 6/1999, de 19 de abril, de policías locales y de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, y en el Decreto 88/2001, de 24 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se establecen las bases y criterios generales uniformes para la selección, promoción y movilidad de todas las escalas y categorías de las policías locales y auxiliares de policía local de la Comunitat Valenciana.

  2. Procedimiento selectivo

    El procedimiento selectivo será el de concurso-oposición al tratarse de promoción interna.

  3. Plazas máximas a proveer

    El tribunal no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 61.8, párrafo 2.º, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

  4. Requisitos de las personas aspirantes

    Para ser admitido/a al presente proceso selectivo por promoción interna, será necesario, referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias, cumplir los siguientes requisitos:

    1. Ser funcionario/a de carrera integrado en la subescala de servicios especiales, clase policía local y sus auxiliares, categoría de agente de la policía local, en el Ayuntamiento de Alcàsser.

    2. Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias; o bien haber superado el curso de habilitación correspondiente organizado por el IVASPE. En todo caso, la equivalencia deberá ser aportada por el/la aspirante mediante certificación expedida al efecto por la administración competente en cada caso.

    3. Haber permanecido al menos dos años como funcionario/a de carrera del Ayuntamiento de Alcàsser en la categoría de agente.

    4. No padecer enfermedad ni defecto físico alguno que le impida el normal ejercicio de las funciones propias de la escala básica, categoría de oficial/a, de conformidad con el cuadro de exclusiones médicas establecidas en los anexos II y III de estas bases.

    5. No hallarse suspendido/a en firme ni inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

    6. Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 kW o una relación potencia/peso no superior a 0,16 kW/kg.

  5. Forma y plazo de presentación de instancias

    Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán a la alcaldesa presidenta del Ayuntamiento de Alcàsser, y se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, plaza del Castell, número 1, o en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, durante un plazo de 20 días hábiles a

    partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

    A la instancia se acompañará resguardo del ingreso bancario en la cuenta número 2100 7195 01 2200007835 de La Caixa, efectuado directamente o por transferencia del importe de los derechos de examen, que se fijan en 150 euros de conformidad con la ordenanza fiscal reguladora de dicha tasa, sin que quepa giro postal o telegráfico. En dicho resguardo habrá de hacerse constar la convocatoria a que corresponde el ingreso.

    La devolución de los derechos de examen no procederá en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.

    En la instancia se deberá presentar la documentación acreditativa de los méritos debidamente compulsados. No se tendrá en cuenta mérito alguno que no se acredite en ese momento.

  6. Admisión del personal aspirante

    Para ser admitida/o a las pruebas selectivas, bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus instancias reunir todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias y con haber abonado los derechos de examen.

    Expirado aquel, por resolución de Alcaldía se declarará aprobada provisionalmente la relación de personas admitidas y excluidas indicándose el lugar donde se encuentran expuestas estas, la cual se adoptará en atención a lo declarado por los/as aspirantes y sin perjuicio de lo determinado en la base 9. Dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, indicará el plazo de 10 días para subsanación de defectos por los/as aspirantes excluidos. Asimismo, en dicho plazo se podrá presentar cualquier reclamación pertinente por los/as interesados/as.

    Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del/de la interesado/a.

    Si no se produjese reclamación, sugerencia o petición de subsanación alguna, la resolución provisional devendrá definitiva automáticamente. En otro caso, resueltas las reclamaciones y subsanaciones, la autoridad convocante elevará a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas mediante resolución que se publicará igualmente en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, indicándose la fecha, lugar y hora del comienzo del primer ejercicio, así como el orden de llamamiento de los/as aspirantes.

    La publicación de dicha resolución será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

  7. Tribunal

    El tribunal calificador estará integrado por los siguientes miembros, todos/as ellos/as con voz y voto, tendiendo en la medida de lo posible a la paridad entre hombre y mujer, de conformidad con lo señalado en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:

    Presidente: un/a funcionario/a de carrera del Ayuntamiento de Alcàsser, con nivel de titulación igual o superior al de la plaza convocada, como titular, y otro con las mismas características, como suplente.

    Secretario: el de la corporación como titular; y la administrativa de Secretaría como suplente.

    Vocales. Serán los tres siguientes:

    - El jefe del cuerpo de la Policía Local de Alcàsser, como titular; y el oficial de la Policía Local de Alcàsser, como suplente.

    - Un representante como titular, y otro como suplente, designados por la Dirección General de la Generalitat Valenciana competente en materia de Administración local.

    - Un representante como titular, y otro como suplente, designados...

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