DECRETO 116/2013, de 6 de septiembre, del Consell, por el que se modifica el Reglamento de la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva (AVAP), aprobado por el Decreto 6/2008, de 18 de enero, del Consell.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El presente decreto tiene por objeto adaptar el Reglamento de la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva (AVAP) a lo dispuesto en el Decreto Ley 7/2012, de 19 de octubre, del Consell, de Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional de la Generalitat, que en su disposición final segunda modificó el artículo 3 de la Ley 5/2006, de 25 de mayo, de la Generalitat, de Creación de la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva, incorporando como funciones de la Agència las de evaluación y acreditación de la calidad de los centros y entidades prestadoras de servicios públicos, sus políticas y programas. Una función que es asumida por la AVAP como consecuencia del proceso de reorganización y optimización de las competencias asignadas a las diferentes entidades que componen el sector público de la Generalitat.

Desde la creación de la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva (AVAP), por la Ley 5/2006, de 25 de mayo, de la Generalitat, y la aprobación de su Reglamento, mediante el Decreto 6/2008, de 18 de enero, del Consell, se han publicado diversas normas que configuran a la AVAP como órgano responsable de la evaluación de la calidad de las instituciones de educación superior, así como de la calidad y eficacia de los proyectos de investigación científica y tecnológica, en la Comunitat Valenciana.

La Ley 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Coordinación del Sistema Universitario Valenciano, dedica varios de sus artículos a establecer funciones y actividades de evaluación y garantía de la calidad, a desarrollar por la AVAP, con una importante transcendencia en el desarrollo de la política universitaria de la Generalitat, y de las que derivan autorizaciones de especial relevancia para la conformación del Sistema Valenciano de Universidades.

De otro lado, la Ley 2/2009, de 14 de abril, de la Generalitat, de Coordinación del Sistema Valenciano de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, dedica varios de sus artículos a establecer funciones y actividades a desarrollar por la AVAP con una importante transcendencia en el desarrollo de la política científica de la Generalitat, y de las que derivan procedimientos de evaluación de especial relevancia para la conformación del Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Comunitat Valenciana (MIDESTE).

Además de la nueva normativa del sector público empresarial y fundacional de la Generalitat, la nueva estructura organizativa de la Generalitat establecida por el Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, del president de la Generalitat, por el que se determinan las consellerías en que se organiza la Administración de la Generalitat, y el Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat, y en concreto la prevista en el Decreto 190/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, exigen abordar algunos cambios organizativos para adaptar los órganos rectores de la Agència a la nueva estructura de la Generalitat.

Finalmente, la experiencia adquirida por la AVAP, en el periodo transcurrido desde su creación, en los diferentes procesos de evaluación desarrollados, indican la oportunidad y necesidad de realizar algunos cambios orientados fundamentalmente a dotar a la AVAP de una mayor agilidad, eficiencia y responsabilidad en la gestión de los procedimientos de su competencia, que permitan la reducción de costes, a la vez que aseguren una actuación imparcial e independiente de los expertos en materia evaluadora, como exigen los criterios y directrices para la garantía de la calidad en el espacio europeo de educación superior para las agencias de garantía externa de calidad.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.f de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, informado el Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior de la propuesta en sesión de 18 de julio de 2013, a propuesta de la consellera de Educa-

ción, Cultura y Deporte, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 6 de septiembre de 2013,

DECRETO

Artículo único Objeto

Se modifican el apartado 1 del artículo 3, los apartados 3 y 4 del artículo 8, el apartado 2 del artículo 10 y los artículos 11 y 22 del Reglamento de la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva (AVAP), aprobado mediante el Decreto 6/2008, de 18 de enero, del Consell, que quedan redactados en los términos que figuran en el anexo del presente decreto.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Incidencia presupuestaria

La implementación y posterior desarrollo de este decreto no comportará incremento de gasto en ninguno de los capítulos del presupuesto asignado a la consellería competente en materia de universidades, y, en todo caso, deberá ser atendido con los medios personales y materiales de la consellería competente por razón de la materia.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única. Derogación normativa

Quedan derogados el apartado 1 del artículo 3, los apartados 3 y 4 del artículo 8, el apartado 2 del artículo 10 y los artículos 11 y 22 del Reglamento de la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva (AVAP), aprobado mediante el Decreto 6/2008, de 18 de enero, del Consell.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR