ACUERDO de 26 de julio de 2001, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Plan Eólico de la Comunidad Valenciana. [2001/7601]    

DOCV. Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 4054, 31 de Julio de 2001III - Convenios y Actos › Conselleria de Obras Publicas, Urbanismo y Transportes Conselleria de Industria y Comercio Conselleria de Medio Ambiente

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ACUERDO de 26 de julio de 2001, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Plan Eólico de la Comunidad Valenciana. [2001/7601]    

  ACUERDO de 26 de julio de 2001, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Plan Eólico de la Comunidad Valenciana. [2001/7601]

El Gobierno Valenciano, en la reunión del día 26 de julio de 2001, adoptó el siguiente acuerdo:

La disposición adicional novena de la Ley 9/1999, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat Valenciana, estableció en materia de desarrollo de la energía eólica y con el fin de optimizar el potencial eólico de determinadas zonas geográficas de la Comunidad Valenciana y aprovechar las ventajas de diverso orden que derivan de la producción de energía eléctrica a partir del viento, que, con el carácter de plan de acción territorial sectorial de conformidad con lo previsto en la Ley de la Generalitat Valenciana 6/1989, de 7 de julio, de Ordenación del Territorio, el Consell aprobaría el Plan Eólico Valenciano para la instalación de parques eólicos en la Comunidad Valenciana así como el régimen general de deberes, obligaciones y cesiones que deban ser cumplidos para la instalación de dichos parques. En el proceso de redacción técnica del plan y con el fin de agilizar y simplificar la tramitación administrativa, las consellerias de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, de Industria y Comercio y de Medio Ambiente, establecieron las bases que regirían en el procedimiento de autorización para la instalación de parques eólicos en la Comunidad Valenciana, en la ejecución y desarrollo del Plan Eólico Valenciano.

La implantación y concreción del funcionamiento de los distintos parques eólicos que se aprueben en ejecución y desarrollo del Plan Eólico Valenciano se realizará mediante la formulación de planes energéticos y planes especiales de ordenación de las zonas para la protección, integración y funcionalidad de las redes de infraestructuras eólicas, conforme a lo establecido en los artículos 12.E, 24, 27, 37 y 38 de la Ley 6/1994, de 15 de noviembre, de la Generalitat Valenciana, Reguladora de la Actividad Urbanística, en relación con los artículos 2.E, 86.2.B, 88, 91, 149 y 168 del Reglamento de Planeamiento de la Comunidad Valenciana, aprobado por Decreto 201/1998, de 15 de diciembre, del Gobierno Valenciano.

Los derechos, obligaciones y cargas de los promotores de las actuaciones en su calidad de agentes de la administración de la Generalitat Valenciana, serán los que se especifiquen en los planes especiales de los parques eólicos y planes energéticos que se formulen y aprueben definitivamente para las áreas o zonas homogéneas previstas en el Plan Eólico Valenciano.

Los planes especiales de ordenación de las zonas para la implantación de parques eólicos como instrumentos de planificación territorial y urbanística, podrán formularse en cualquier clase de suelo de las zonas previstas en el Plan Eólico Valenciano, en cumplimiento de los cometidos ...

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